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Planeación y presupuesto participativo
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Los presupuestos participativos, según el artículo 91 de la Ley 1757 de 2015, deben ser realizados por los gobiernos regionales, distritales, municipales y de las localidades. De conformidad con lo anterior, la EAAB a través de concepto jurídico emitido por parte de la Oficina Asesoría Legal mediante memorando interno 15200-2023-0103 del 27 de abril de 2023 manifestó que ".... la EAAB-ESP “no es una entidad territorial, sino un Empresa Industrial y Comercial del orden distrital y por esta razón, no está obligada a realizar el ejercicio de presupuestos participativos".






