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¿Cómo reportar la caracterización de vertimientos?

¿Cómo reportar la caracterización de vertimientos?¿Cómo reportar la caracterización de vertimientos?


Caracterización de vertimientos

Según lo establecido en el Decreto 1077 de 2015, Parte 3, Título 1, Capítulo 1. Artículo   2.3.1.1.1. Definiciones: 40. Servicio comercial: el que se presta a predios o inmuebles destinados a actividades comerciales, en los términos del Código de Comercio. 42. Servicio especial: el que se presta a entidades sin ánimo de lucro, previa solicitud a la empresa. 43. Servicio industrial: el que se presta a predios o inmuebles en los cuales se desarrollen actividades industriales que corresponden a procesos de transformación o de otro orden y 44. Servicio oficial: el que se presta a las entidades de carácter oficial, a los establecimientos públicos que no desarrollen permanentemente actividades de tipo comercial o industrial, a los planteles educativos de carácter oficial de todo nivel; a los hospitales, clínicas, centros de salud, ancianatos, orfanatos de carácter oficial

Debe presentar la caracterización cada año, a más tardar el 31 de diciembre, la caracterización debe ser realizada por un laboratorio acreditado por el IDEAM, la lista la puede consultar en la página web de dicha entidad www.ideam.com.co. Si no la presenta nos corresponde informar a la Autoridad Ambiental.

Consulte los parámetros fisicoquímicos a monitorear que están definidos en la Resolución 0631 de 2015 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para el sector al que corresponde su actividad. Paso seguido, aplique la información contenida en el Artículo 16 de la misma norma para los parámetros ya identificados. Si no aparece el sector en la norma referida, debe consultar con la autoridad ambiental los parámetros que le corresponde monitorear.

ver Manual 1

En este caso, el usuario define si reportará sus análisis para demostrar que es doméstico. En caso contrario puede informar esta situación a través de la página web, www.acueducto.com.co. La información reportada se remite a la autoridad ambiental. Para hacerlo siga los pasos de este manual:


ver Manunal 2


Para aclarar dudas o solicitar información adicional, puede escribir su solicitud a través del correo electrónico efluentes.industriales@acueducto.com.co


Igualmente se recomienda consultar con la autoridad ambiental competente si existe la obligatoriedad - o no - de presentar la caracterización de vertimientos, teniendo en cuenta si está definido como vertimiento doméstico según la la Resolución 0631 de 2015.

La recolección de las muestras de agua debe ser tomada por personal calificado del laboratorio que realice los análisis de las aguas residuales, el cual debe estar acreditado por el IDEAM, en todos los parámetros a monitorear.

http://www.ideam.gov.co/web/contaminacion-y-calidad-ambiental/acreditacion.


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