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Defensor de la ciudadanía

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La Política Publica Distrital de Servicio al Ciudadano, en adelante PPDSC, establece el servicio a la ciudadanía como el acceso oportuno, eficaz, eficiente, digno, transparente e igualitario a los trámites y otros procedimientos administrativos en cabeza del Estado; con el propósito de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y garantizar el goce efectivo de sus derechos sin discriminación alguna., concordante al Decreto 197 de 2014.

Es importante tener en cuenta que el Decreto 197 de 2014 clarifica el alcance de la Figura del Defensor del Ciudadano con un nuevo diseño institucional, definiendo sus responsabilidades en el marco de la Política Publica Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, reglamentada mediante el Decreto Distrital 847 de 2019 y adoptada en la EAAB ESP mediante resolución.1074 del 2020.

El Defensor de la Ciudadanía ejercerá las siguientes funciones:

1. Velar por que la EAAB ESP cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía.

2. Formular recomendaciones al representante legal de la entidad para facilitar la interacción entre la EAAB ESP y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración.

3. Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios, y con base en esta información identificar las problemáticas que se presenten en la atención con el fin de formular acciones de mejora.

4. Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía en general.

5. Promover la utilización de diferentes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de Información y Comunicaciones para mejorar la experiencia de los ciudadanos.

6. Elaborar y presentar los informes que requiera la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y la Veeduría Distrital.

7. Las demás que se requieran para el ejercicio eficiente de las funciones asignadas.

ADRIANA CARVAJAL DE LA CRUZ
Defensor de la Ciudadanía

Puntos de atención


La Defensoría del Ciudadano no es receptora de Peticiones, Quejas y Reclamos –PQR-. Estas reclamaciones deben surtir su trámite en las dependencias y los diferentes canales de atención ubicados estratégicamente en la ciudad para que pueda presentar sus peticiones, quejas, reclamos y sugerencias. También lo puede hacer vía telefónica o virtual.

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