Humedales

HumedalesHumedales

En el Distrito Capital se tienen 12 humedales con resolución de aprobación de su Plan de Manejo Ambiental PMA, 2 en fase de aprobación y uno en formulación que suman un área total de 727.06 Ha.

Esto gracias al trabajo armónico que se viene desarrollando a nivel Distrital entre la Secretaria Distrital de Ambiente y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, haciendo que estos ecosistemas que son de gran importancia biológica desempeñen su función en el equilibrio ambiental de la Ciudad, ya que regulan el ciclo hídrico al retener las aguas en invierno y evitan su desbordamiento; sirven de refugio y hábitat a cientos de especies de aves nativas y migratorias, y a una gran variedad de flora y fauna. Además, fuera de su función natural, generan espacios para el esparcimiento y la recreación pasiva de los ciudadanos.

Al igual que otras funciones ecosistemicas, tales como:

  • Mejoramiento de la calidad del agua
  • Reposición de aguas subterráneas
  • Retención y exportación de sedimentos y nutrientes
  • Reservorios de biodiversidad
  • Regulación de niveles del sistema hídrico de la ciudad
  • Mitigación y adaptación al cambio climático
  • Descontaminación de las aguas
  • Observatorio de aves

Dado la gran variedad de beneficios que otorgan y su importancia, se enfrentaron a un acelerado crecimiento de la Ciudad, obligando al Distrito a velar por su protección mediante la creación de una Política Pública, la cual permitió controlar sus usos y delimitar sus zonas logrando su protección y restauración.

Ofreciendo a su vez a la comunidad espacios de participación comunitaria, los cuales trabajan en la conservación de los humedales como ecosistemas estratégicos, y de disfrute para toda la ciudadanía por ser un bien de interés público.

Estos ecosistemas que hacen parte de la Estructura Ecológica Principal del Distrito y a su vez forman El Sistema de Áreas Protegidas, conforme lo establece el Plan de Ordenamiento Territorial el cual dispone de una serie de acciones a ejecutarse a largo plazo con el objetivo de mantener, conservar y proteger los humedales, a través del Decreto 190 de 2004 el cual establece en su Art. 83.

Planes de manejo del sistema de áreas protegidas del Distrito Capital (artículo 16 del Decreto 619 de 2000, modificado por el artículo 82 del Decreto 469 de 2003).Parágrafo 5.Los planes de manejo de los parques ecológicos de humedal, serán elaborados por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y sometidos a la consideración y aprobación de la autoridad ambiental competente… Artículo 86.Áreas Protegidas del Orden Distrital. Parágrafo 2º.

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá realizará los estudios y acciones necesarias para mantener, recuperar y conservar los humedales en sus componentes, hidráulico, sanitario, biótico y urbanístico realizando además el seguimiento técnico de las zonas de ronda y de manejo y preservación ambiental. Para esto seguirá las directrices de la autoridad ambiental competente en el marco del SIAC (Sistema Ambiental del Distrito Capital), el PGA (Plan de Gestión Ambiental del D.C.) y con base en las directrices de la Convención de Ramsar (Ley 357 de 1997), siendo esto el motor de nuestro trabajo.   
 

PMA El Salitre
22 abr. 2019
Área Ha 3.42 / PMA en fase de Aprobación